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30 de septiembre de 2015

Acceso

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Según el Pacto  de Derechos Económicos, Sociales y Culturales[1],  el derecho a la salud abarca cuatro elementos esenciales y que se interrelacionan, de las cuales uno corresponde a la accesibilidad, en este contexto, se debe procurar que “…los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos.” A su vez, la accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas[2]: no discriminación [1], accesibilidad física [2], accesibilidad económica (asequibilidad) [3] y acceso a la información [4].

El acceso equitativo a medicamentos de calidad asegurada es un imperativo a nivel mundial, los países miembros de la OMS se han comprometido a “mejorar la difusión de todos los productos sanitarios y dispositivos médicos y el acceso a los mismos mediante la superación efectiva de los obstáculos a dicho acceso.”

Por otra parte, nuestro Ministerio posee como misión institucional elevar el nivel de salud de la población y en este sentido el acceso equitativo a medicamentos de calidad es un compromiso permanente y continuo. Por esta razón es imperativo para el Ministerio velar por un manejo apropiado de la normativa con el fin de favorecer el acceso de medicamentos de calidad y que sean utilizados de manera racional.

[1] https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=12382

[2] Organización Mundial de la Salud. (s.f.). Salud y derechos humanos. Recuperado el 02 de febrero de 2016, de https://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs323/es/

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