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24 de mayo de 2016

Subsecretario de Salud Pública y entrada en vigencia de Etiquetado de Alimentos: Hay personas que insisten en crear clima de temor respecto de esta política

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El Subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, informó que las pequeñas empresas tendrán un plazo reglamentario mayor que las grandes compañías para rotular sus productos. Así lo dio a conocer al referirse a la pronta implementación del Reglamento de Etiquetado de Alimentos, que entra en vigencia el próximo 27 de junio.

“No es efectivo que se vayan a perder alimentos por la implementación de esta política”, subrayó Burrows, agregando que la idea es tratar de dar tiempo a las empresas para que puedan vender “lo antes posible, priorizando aquellos alimentos que no tengan el etiquetado”.

El Subsecretario anunció que este tema será abordado el próximo viernes en una reunión con la Asociación de Supermercado de Chile (ASACH), remarcando que el reglamento otorga un plazo mayor a los alimentos elaborados por PYMES.

“Hay personas que siguen insistiendo en (crear) un cierto clima de temor respecto de esta política y se han encontrado en dos oportunidades con dictámenes de la Contraloría que reafirman la legalidad de lo que estamos haciendo”, destacó la autoridad. Y recordó que el Reglamento de Etiquetado de Alimentos “fue analizado con mucho entusiasmo por la comunidad en diálogos ciudadanos y los foros regionales. Y nos hemos encontrado con una muy buena percepción”.

Cambio de conducta alimentaria
El llamado a la población, resaltó el Subsecretario, es a informarse y “escoger aquellos alimentos que no tienen sellos o que dentro de sus alternativas tienen menor cantidad de advertencias, para ir produciendo un cambio de conducta alimentaria”.  A ello apunta también la venta de alimentos saludables al interior de los establecimientos educacionales.

En materia de fiscalización, Burrows precisó que “se ha instruido a las autoridades sanitarias para que en la primera falta que se pesquise se aplique una amonestación, y se dé un plazo entre 30 y 60 días a la empresa para que cumpla”. En caso de existir reiteración de la falta, se multará.

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